“dizen algunos oydores a las partes que en acuerdo les mato y me ponen mal con los litigantes”: El fiscal Jerónimo de Rabanal y su participación en la Audiencia de Charcas (1561-1576)

  • Sergio H. Angeli PROHAL, Instituto Ravignani, Instituto de Historia del Derecho, Universidad de Buenos Aires-CONICET-Argentina
Palabras clave: Fiscal, Audiencia de Charcas, cultura jurídica, localización

Resumen

En este trabajo, intentaremos reconstruir la actuación del fiscal de la Audiencia de Charcas, Jerónimo de Rabanal, entre los años 1561 y 1576. Nos posicionaremos en comprender primeramente cómo se construyó el oficio fiscal en Castilla para luego observar su traslado a Indias. Localmente situado en la sede del tribunal charqueño, el fiscal Rabanal enfrentó los desafíos de poseer un oficio regio de reciente implementación en las Chancillerías americanas, lo que llevó a estar gran parte del tiempo en conflictos con los oidores y el presidente letrado del tribunal. Desvelar cómo se implementó el oficio fiscal en la primera Audiencia de Charcas esperemos que arroje luz en la comprensión de una cultura jurídica localizada en los primeros tiempos de la territorialización del espacio charqueño de la monarquía católica de los Austrias.

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Publicado
2020-07-31
Cómo citar
Angeli, S. H. (2020). “dizen algunos oydores a las partes que en acuerdo les mato y me ponen mal con los litigantes”: El fiscal Jerónimo de Rabanal y su participación en la Audiencia de Charcas (1561-1576). Autoctonía. evista e iencias ociales istoria, 4(2), 165-180. https://doi.org/10.23854/autoc.v4i2.174
Sección
Dosier "Charcas en los Estudios Coloniales"